Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
TRIBUNAL SUPREMO
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SALA 1 ;
Provincia
MADRID
Fecha de disposición
29/01/1996
Publicación
AC - Actualidad Civil
Número de publicación
16
Fecha de publicación
Resumen
Clausulas limitativas. Las condiciones particulares son prevalentes sobre las generales y estas han de ser redactadas en forma clara y precisa, destacando de modo especial las limitativas de los asegurados y aceptadas estas en forma escrita. Intereses, fijado en la póliza el capital indemnizatorio y transcurridos tres meses que establece la Ley, tiene lugar el abono de intereses.
Descriptor
- INTERESES
- SEGUROS DE AUTOMOVILES