Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SALA 2 ;
Fecha de disposición
20/11/1995
Publicación
LL - La Ley
Número de publicación
3970
Fecha de publicación
Resumen
En el procedimiento administrativo sancionador la audiencia al interesado es preceptiva e inexcusable, pudiendo su falta viciar de nulidad la decisión final, sin que esté en función de la flagrancia de la infracción o la cuantía mínima de la sanción. Ahora bien, pierde consistencia autónoma, cuando quién fue avisado en aquella vía ha tenido la oportunidad de combatir el acto resultante ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Descriptor
- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR