Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
AUDIENCIA NACIONAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SALA 4 ;
Fecha de disposición
02/11/1994
Publicación
AA - Actualidad Administrativa
Número de publicación
8
Fecha de publicación
Resumen
Cinematografía. Infracción a la cuota de pantalla. No previsión de plazo específico. El plazo es el de dos meses previsto para las faltas por el Código Penal. Interrupción: el plazo se interrumpe por la realización de actuaciones administrativas,encaminadas al esclarecimiento de los hechos o a su persecución, siempre y cuando que de las mismas, tenga conocimiento el presunto infractor.
Descriptor
- CINE
- INFRACCIONES Y SANCIONES
- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO