Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
TRIBUNAL SUPREMO
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SALA 1 ;
Fecha de disposición
29/07/1994
Publicación
AC - Actualidad Civil
Número de publicación
45
Fecha de publicación
Resumen
No se puede aplicar el art. 28 de la Ley 26/84 para una posible exacción de responsabilidad médica que la reiterada doctrina de la Sala subordina a la previa acreditación de una clara negligencia por parte de quien presta tales servicios, clasificados como originadores de una obligación de medios, independiente de resultados que con ellos se obtengan ya que no se trata de un contrato de arrendamiento de obra sino de servicios.
Descriptor
- ASISTENCIA SANITARIA