Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 7 ;
Provincia
VALENCIA
Fecha de disposición
30/04/1992
Publicación
RGD - Revista General de Derecho
Fecha de publicación
Resumen
El precio es determinable a posteriori. No cabe calificar como contrato de opcion el documento base del litigio. Necesidad de un plazo para el ejercicio de la facultad de opcion. Calificacion de pago a cuenta del contrato principal independientemente de la calificacion de las partes. Improcedencia de accion resolutoria al haberse satisfecho 58% del total y existir enfrentamiento sobre las estipulaciones del contrato.
Observaciones
1992, p. 7520
Descriptor
- VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL