Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 19 ;
Provincia
MADRID
Fecha de disposición
04/02/1993
Publicación
RGD - Revista General de Derecho
Fecha de publicación
Resumen
El banco emisor debe probar que existiera algún tipo de negligencia por parte del titular de la tarjeta en custodia de número y clave secreta, por el contrato se acredita que el banco incumplió sus obligaciones al no tomar precauciones para asegurarse de la recepción de la tarjeta renovada por su titular, en consecuencia la entidad bancaria debe soportar perjuicios por su indebida utilización.
Observaciones
1993, p. 6263
Descriptor
- TARJETAS DE PAGO