Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 3 ;
Provincia
MURCIA
Fecha de disposición
20/03/1990
Publicación
RGD - Revista General de Derecho
Fecha de publicación
Resumen
Operaciones mercantiles. Validez de una liquidación efectuada por un corredor de comercio que comprobó que el saldo deudor no produce indefensión. Posibilidad de impugnar la cuantía. Debe tenerse por inexistente la cláusula que establece que el ejecutado podra impugnar la cantidad certificada por el banco.
Observaciones
1991, p.9840
Descriptor
- CLAUSULAS ABUSIVAS
- COMPRAVENTA MERCANTIL
- CORREDORES DE COMERCIO