Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 7 ;
Provincia
VALENCIA
Fecha de disposición
17/10/1990
Publicación
EC - Estudios sobre Consumo
Número de publicación
21
Fecha de publicación
Resumen
Clausula introducida por los Bancos en los contratos de crédito en caso de quiebra, suspension de pagos o concurso de acreedores. Dicha cláusula, no se opone a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 26/1984.
Descriptor
- CREDITOS Y PRESTAMOS
- CONTRATOS BANCARIOS