Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Provincia
JAEN
Fecha de disposición
25/09/2000
Publicación
BDA - Base de Datos . Aranzadi
Fecha de publicación
Resumen
Vicios ocultos en compraventa aunque el plazo de la acción del art. 1490 CC es de caducidad no susceptible de interrupción, no puede considerarse caducada la acción, al haberse acudido antes a un arbitraje de consumo. Sancionar con la pérdida de derechos a quien fuera de la jurisdcción ordinaria eligió un procedimiento idóneo para conflictos de esa índole no es respetuoso con el fundamento de la caducidad.
Observaciones
AC 2000/2225
Descriptor
- COMPRAVENTA MERCANTIL
- ARBITRAJE DE CONSUMO
- MOBILIARIO