Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 3 ;
Provincia
MURCIA
Fecha de disposición
02/11/2000
Publicación
AC - Actualidad Civil
Número de publicación
29
Fecha de publicación
Resumen
Descuento bancario. Cobro de comisión por devolución del efecto presentado al descuento por la entidad crediticia. La obligación de ésta de actuar con diligencia para evitar que se perjudique el título de crédito es una obligación inherente al propio contrato de descuento, por lo que carecería de causa el pretender un precio distinto por ello. El cobro de comisión por la devolución del efecto, supone un incremento del precio fijado para el descuento, por lo que debió estamparse con la debida claridad al objeto de que el descontante pudiera examinarlo y aceptarlo libremente.
Observaciones
Base Datos. Editorial Aranzadi
Descriptor
- COMISIONES Y GASTOS BANCARIOS
- ENTIDADES DE CREDITO