Jurisprudencia española

Jurisprudencia Española
Clasificación
  • Publicidad y marketing
Organismo
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Rango
  • SENTENCIA
  • ,
Sección
  • CONTENCIOSO ADVO.
  • ;
Provincia
MADRID
Fecha de disposición
30/06/1999
Publicación
UL
Fecha de publicación
Resumen

Sanción impuesta al centro de estudios por publicidad engañosa, ya que si bien puede publicitarse con un nombre como instituto, no tiene que omitir las letras S.L.. Estas alteraciones son la causa de la sanción, ya que una sociedad limitada española (a lo que corresponden las siglas S.L.) no puede ser una universidad extranjera. Al omitirse esas siglas, todo cambiaba radicalmente y, en un momento en que hay íntima conexión entre entidades españolas y universitarias extranjeras, la confusión estaba creada.

Descriptor
  • PUBLICIDAD ENGAÑOSA
  • CENTROS DE ENSEÑANZA