Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 3 ;
Provincia
BALEARES
Fecha de disposición
13/11/1995
Publicación
AC - Actualidad Civil
Número de publicación
7
Fecha de publicación
Resumen
Abogado que reclama de su cliente los honorarios por servicios extraprocesales, habiéndose comprometido ambos a someterse a la decisión de la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados. La decisión de la Junta, declarando correcta la minuta, constituye un verdadero laudo arbitral, que produce los efectos de la cosa juzgada. El pago de los honorarios debe reclamarse solicitando directamente la ejecución del laudo y no a través de juicio.
Descriptor
- ARBITRAJE DE CONSUMO
- ABOGADOS