Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 10 ;
Provincia
MADRID
Fecha de disposición
26/10/1995
Publicación
LL - La Ley
Número de publicación
3897
Fecha de publicación
Resumen
Obligaciones de las compañías médicas respecto a la atención del asegurado por especialistas de su cuadro sanitario. No es exigible al asegurado que compruebe la pertenencia al cuadro médico del anestesista y cirujano que realizan la intervención quirúrgica en un centro concertado, para su cobertura por la aseguradora. Deber de los poderes públicos de velar por la protección de la salud y seguridad de los consumidores.
Descriptor
- CONTRATOS DE SEGUROS
- SEGUROS DE ASISTENCIA SANITARIA