Jurisprudencia Española
Clasificación
- Servicios
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- SECCION 1 ;
Provincia
OVIEDO
Fecha de disposición
27/06/1992
Publicación
RGD - Revista General de Derecho
Fecha de publicación
Resumen
Aplicando art. 10.1.7 Ley 26/84, hay que concluir que es la entid. bancaria la responsable de los defectos, errores o averias causados por mecanismos automaticos de que disponen clientes para efectuar operaciones de ingresos o extracciones, salvo que se pruebe que tales fallos fueron provocados por aquellos.
Observaciones
1993, p.2365
Descriptor
- TARJETAS DE PAGO
- CONTRATOS BANCARIOS
- ENTIDADES DE CREDITO