Jurisprudencia Española
Clasificación
- Derecho
Organismo
AUDIENCIA PROVINCIAL
Rango
- SENTENCIA ,
Sección
- BARCELONA ;
Provincia
BARCELONA
Fecha de disposición
18/01/2001
Publicación
RGD - Revista General de Derecho
Número de publicación
681
Fecha de publicación
Resumen
Contrato de compraventa. Aún cuando el mediador recibió una determinada suma en concepto de arras, no puede entenderse perfeccionado el contrato de compraventa del bien inmueble, toda vez que no estando facultado el mediador para su perfección, no puede considerarse que vendedor y comprador hayan consentido sobre la cosa y el precio. Arts. 1.2 y 10.1 c) Ley General de Defensa consumidores y usuarios.
Descriptor
- CONTRATOS